Un Disección más extenso del origen etimológico del concepto nos revela que el vocablo latino homicidium ARTÍCULO 87 No podrá imponerse pena de crimen, sino en los delitos que atenten directamente y con fuerza armada contra el orden notorio, y en el de asesinato y homicidio premeditado o seguro. Vediamo https://www.avvocatodrogastupefacenti.com/penale-reato-contagio-hpv-hiv-milano.html